jueves, 9 de julio de 2009

Ambitos de Acción Ciudadana


3.1 ORDENAMIENTO FISCAL.
Una debida racionalización del gasto público, activación de la economía, transparencia y concentración nacional, protección de la inversión y de las fuentes de empleo son solo algunos de los requisitos que, a criterio de los diputados del Movimiento Libertario, debería contener la reforma fiscal, la cual está siendo analizada por la Comisión Mixta Fiscal. Los rojiblancos agregaron que es necesario crear garantías a los contribuyentes, entendido esto como la protección de los ciudadanos contra los abusos o arbitrariedades de la eventual Dirección Nacional de Tributación. En lo referente a la racionalización del gasto, esta, según recomiendan los libertarios, debe darse en tres aspectos, a saber, la eliminación de las pensiones de privilegio, la reducción de la deuda pública y racionalizar el empleo público. Por otro lado, indican que un plan eficiente de activación económica debe enfatizar en la titulación de tierras, la desregulación y la ruptura de monopolios. También, para la obtención de un ordenamiento fiscal amigable para la ciudadanía, debe contemplar un compromiso social con el pueblo, traduciéndose esto como la protección de la salud, y no gravarla con el impuesto del consumo denominado Impuesto al Valor Agregado (IVA), y en este sentido es necesario tomar en cuenta la educación y revisar los eventuales peligros de aplicar el IVA a los alquileres. En lo referente a las fuentes de empleo, los libertarios apuntan que hay que cuidar la generación de estas y atraer inversión nacional y foránea con renta nacional y tarifas que contengan competitividad fiscal.

3.2 JURIDICO MARCO LEGAL.

3.3 EDUCACION VIAL


Reglas básicas de convivencia.

1.) Cortesía buena voluntad y sentido común
2.) Conocimiento y respeto a las señales de tránsito y reglamento.
3.) Aprendiendo a comportarnos en la vía pública y no cometer Imprudencias innecesarias.

Servicios;
Todos los servicios que prestamos tienen como objetivo apoyar a la formación integral de las personas que en cualquiera de sus roles como usuarios de la vía publica, conviven con otros seres humanos y son co-responsables de contribuir en la reducción de percances viales y en la convivencia armónica en la vía pública.

Ser precavido como prudente al conducir puede salvar tu vida y las de los acompañantes, debes de tomar todas las precauciones al conducir y de concentrarte en la carretera, evitar hablar por celular o conversaciones con tus acompañantes mientras conduces, debes de dar la vía al peatón cuando este la lleve, no debes ignorar ninguna señalización en el camino porque podrían salvar tu vida.



3.4 CULTURA TRIBUTARIA

Derechos;

Todos los contribuyentes, en caso de una supuesta infracción o delito tributario tiene derecho al debido proceso garantizado por el articulo 12 de la constitución de la república; el articulo 8 del pacto de san José y el articulo 4° de la ley de amparo y Exhibición personal.
En caso de que sea necesario llevar a cabo un proceso administrativo para determinar la obligación tributaria, este consta de los siguientes pasos, según el código tributario.
Obligaciones;

Según el articulo 23 del código tributario, los contribuyentes o responsables ante el fisco están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por este código o por normas legales especiales, asimismo al pago de intereses y sanciones pecuniarias, en su caso. La exención del pago de un tributo, no libera al beneficiario del cumplimiento de las demás obligaciones que de acuerdo con la ley le correspondan.


3.5 ORNATO; LIMPIEZA DE VIAS Y ESPACIOS PUBLICOS.

¿Qué es el Boleto de Ornato?

Con este arbitrio municipal puede llevarse a cabo el ornato de nuestra ciudad. Es un arbitrio que todos los vecinos debemos pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de nuestra ciudad. La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan prórrogas, y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo. Si el pago no fuere cancelado dentro del período señalado o según fecha de la prórroga, el vecino se verá sujeto a una multa equivalente al 100% de su valor. En caso que el vecino se mudara a otro municipio, no está obligado a pagar de nuevo el Boleto de Ornato, sino que deberá cancelarlo hasta el próximo año en la municipalidad correspondiente, según su nuevo domicilio. No obstante, sí está obligado a demostrar que hizo el pago en la anterior alcaldía. Por lo anterior, las municipalidades deben contar con un registro alfabético de los contribuyentes, en el cual se indica el nombre de las personas, dirección de su residencia y trabajo, así como el número de identificación tributaria (NIT).


3.6 SUFRAGIO PARTICIPACIÓN ATRAVEZ DEL VOTO.
Sufragio es el derecho civil y constitucional a votar y la forma de provisión de cargos públicos, en un sentido amplio el sufragio abarca el activo, en donde se determinan quienes tienen derecho al ejercicio del voto y el pasivo, que refiere quienes y en que condiciones tienen derecho a ser elegidos.
Hoy en día, en muchas democracias, el derecho del voto esta garantizado como un derecho de nacimiento, sin discriminación de raza, etnia, clase o genero. Sin ningún tipo de examen descalificador, (como la no alfabetización), los ciudadanos por encima de la edad mínima requerida en un país pueden votar con normalidad en las elecciones. Los residentes extranjeros pueden votar en las elecciones locales en algunos países, como por ejemplo, los miembros de la unión europea o la Commonwealth.
En una democracia institucional funcional, participativa y eficaz, el sistema vela porque el servidor publico rinda cuentas de su gestión, no se enriquezca a costa del erario, no abuse de su autoridad, no malverse los fondos públicos y en fin, cumpla con sus deberes. La misma comunidad organizada controla y audita la gestión pública, demanda el cumplimiento del plan de gobierno y en su caso revoca el mandato de los omisos o remisos. Dicho en otras palabras el sufragio universal es aquel en donde los ciudadanos votan para elegir a un candidato.
3.7 DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES.

3.8 EQUIDADES: LABORAL, ÉTNICA, SOCIAL Y DE GÉNERO.
El estado tiene el derecho de asegurar al guatemalteco a cuidar su posición social dentro de la nación, y como ciudadano tiene derecho a recibir apoyo laboral, en su trabajo ser respetado y tener todas las prestaciones de ley y las prestaciones médicas necesarias.
Étnicas, debe ser tratado igual sin importar su grupo étnico al que pertenezca, debe ser tratado de igual manera que las demás personas y el estado esta obligado en velar que esta equidad o justicia sea cumplida.
Social y de género, debe haber igualdad de derecho sobre todo ciudadano guatemalteco y este debe velar por el bien común dentro de la sociedad.
En la constitución política de la república de Guatemala en el capitulo II con respecto a los derechos sociales dice, en las 10 secciones, se refiere a la equidad que debe cumplirse hacia el ciudadano guatemalteco, específicamente en la sección 8° articulo 101 dice que el trabajo es un derecho de la persona y una obligación social , el régimen del país debe organizarse conforme a principios de justicia social. En la sección 3° respecto a las comunidades indígenas dice el Art. 66 que Guatemala esta formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social.


3.9 RESPETO A LAS DIFERENCIAS: PLURICULTURALES Y MULTILINGUISTAS.






11 comentarios:

  1. muy bueno y gracias kn esto spero sacar adelante seminario :)

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  2. Exelente¡¡¡ me ayudo mucho, gracias

    David

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    1. ESTO ES SOBRE EL MARCO LEGAL OJALA LES SIRVAEl marco legal proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y determinan el alcance y naturaleza de la participación política. En el maraco legal regularmente se encuentran en un buen número de provisiones regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí.
      Su fundamento en muchos países en La Constitución como suprema legislación, que se complementa con la legislación promulgada por un parlamento legislatura donde se incluyen leyes, códigos penales, y regulaciones, que incluyen Código de Conducta/Ética, dados en cuestión.
      El marco legal faculta a la autoridad correspondiente para que lleve a cabo las labores de administración de conformidad a la estructura detallada dentro de sus mismas provisiones.
      En muchos países, el marco legal en materias varia ha evolucionado en un compleja combinación de estatutos y regulaciones legales, reglas judiciales y la práctica real. Ciertas legislaciones pueden ser nuevas creación o estar actualizadas, otras pueden basar su funcionamiento en estatutos conflictos e inconsistencia entre las diferentes partes que dan forma a un marco legal y en consecuencia al proceso en sí.

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  3. gracias me sirvio mucho la informacion

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  4. MUCHASSSSSSSSSSSSSSSS GRACIASSS ME AN SALVADO =) =) =) =) =)
    GRACIAS GRACIAS GRACIAS GRACIAS

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  5. vos cerote le falta el marco legal, que putas? a la otra subís esa mierda completa, sino mejor no subas ni mierda. Un abrazo DTB :P

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  6. Amigo respete que el tomo de su valioso tiempo para ayudarnos en algo. merece nuestro respeto y agradecimiento. Saludos y buen aporte!

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  7. una pregunta como podría hacer en mi trabajo:
    -la razón y justificación de este trabajo
    -técnicas de investigación me podría dar un pequeño ejemplo de estos dos muchas gracias

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  8. bola de copiones hagan sus trabajos, propiamente por eso en Guatemala, la calidad educativa es echo lata.

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